Dictamen N° 2342/2011
N° 2.342 Fecha: 14-I-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Gabriela Isolda Díaz Aravena, funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, para solicitar un pronunciamiento que determine si el tiempo trabajado en la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia y el Departamento de Salud de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, es útil para completar los 20 años de servicios necesarios para acceder al bono de la ley N° 20.305. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 1° del mencionado texto legal, otorga un bono de naturaleza laboral para el personal que, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley -1 de enero de 2009-, desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los entes que indica, entre los que se encuentran, en lo que interesa, los Servicios de Salud, las municipalidades y los sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a dichas municipalidades en virtud de lo dispuesto por el decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior. Enseguida, el artículo 2° de la citada ley N° 20.305 exige para tener derecho al beneficio en consulta -en lo que interesa-, tener a lo menos 20 años de servicios en las instituciones señaladas en el artículo anterior o las que sean sus antecesores legales, a la fecha de publicación de dicho cuerpo legal. Asimismo, es necesario tener en consideración lo previsto en el inciso final del artículo 3° de la ley referida, según el cual, en el caso de las corporaciones municipales creadas conforme al citado decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, éstas deben remitir a las municipalidades respectivas todos los antecedentes del trabajador que acrediten el cumplimiento de los respectivos requisitos, de lo cual se desprende que dichos empleados también son beneficiarios del bono en análisis. Por consiguiente, cabe concluir, que el Departamento de Salud de la Municipalidad Pedro Aguirre Cerda y la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia, son entidades que se encuentran incluidas dentro de las normas citadas precedentemente y, por lo mismo, el desempeño en éstas es útil para los efectos de la bonificación de que se trata. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República