Dictamen N° 2349/2019
N° 2.349 Fecha: 22-I-2019 Esta Contraloría General nuevamente no ha dado curso al instrumento del epígrafe, representada mediante los oficios N°s 3.199 y 25.782, de 2017 y N° 16.408, de 2018, que deja sin efecto la resolución N° 49, de 2016 -representada a través del oficio N° 95.823, de 2015-, y regulariza el pago de mayores gastos generales en el marco del contrato “Conservación Red Comunal Camino Mahuindanche - Misión Inglesa - Convenio Quepe - Pelales, sector Km 0,00 km 7,979 comuna de Freire, Provincia de Cautín”, por cuanto lo expuesto en el oficio N° 3.308, de 12 de noviembre de 2018, suscrito por esa dirección, y los antecedentes adjuntos, no permiten subsanar las observaciones formuladas. En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista y en relación a lo consignado en el resuelvo N° 3, no es posible determinar la posición presupuestaria de los fondos necesarios para proceder al pago de que se trata, toda vez que se omite adjuntar documentación sobre el particular, siendo insuficiente la sola afirmación en el sentido que “los montos se encuentran en arcas fiscales custodiadas por la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas Región de la Araucanía”. Lo anterior resulta relevante también para los efectos de efectuar la imputación que proceda al año presupuestario que corresponda, si se considera que la resolución en estudio fue emitida en el año 2016. Por lo demás, se debe explicar lo señalado en el oficio N° 3.308, ya citado, en que se consigna que el monto de la indemnización “corresponde a un pago ejecutado en el año 2014”. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División