Dictamen CGR

Dictamen N° 23721/2013

2013-04-18 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcances resolución N° 31, de 2013, del Fondo Nacional de Salud

N° 23.721 Fecha: 18-IV-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 31, de 2013, del Fondo Nacional de Salud, mediante la cual se aprueba el acuerdo de gestión para los programas "Prestaciones Valoradas" y "Prestaciones Institucionales" suscrito entre dicho Fondo, la Subsecretaría de Redes Asistenciales y el Servicio de Salud de Antofagasta por encontrarse ajustada a derecho, pero cumple con hacer presente que entiende que los recursos del programa 04, a que alude la cláusula octava del convenio en estudio, deberán destinarse exclusivamente a la ejecución de actividades no contempladas en el primero de los mencionados programas y a aquellas que permitan y aseguren la disponibilidad permanente de la capacidad de atención de los beneficiarios del mismo. Por otra parte, respecto de la estipulación décimo segunda de ese pacto, esta Contraloría General observa que se trata de una regularización de la transferencia que ahí se dispone, por lo que ese servicio tendrá que adoptar las medidas para que, en lo sucesivo, el traspaso de sus caudales se efectúe solo a contar de la total tramitación del último acto administrativo que sancione el respectivo acuerdo de voluntades, absteniéndose de establecer acápites que contravengan lo señalado en este oficio. Lo anterior, no obsta a las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios que hayan intervenido en la situación descrita, para cuyo efecto se remite copia de la resolución del caso y de sus antecedentes a la División de Auditoría Administrativa de esta Entidad de Control. Finalmente, debe precisarse que el orden de subrogación del cargo de Director del Fondo Nacional de Salud fue establecido por decreto exento N° 1.501, de 2010, del Ministerio de Salud, y la personería de la Directora, en calidad de suplente, en forma transitoria y provisional, para representar al Servicio de Salud de Antofagasta, consta en el decreto N° 73, de 2012, de la misma Secretaría de Estado, y no como erróneamente se ha indicado en el instrumento en análisis. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo mencionado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República