Dictamen N° 24028/2010
N° 24.028 Fecha: 06-V-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Marta Jacqueline Cárdenas Ulloa, para solicitar información acerca de si su madre, doña Rina de Lourdes Ulloa Muñoz, tiene derecho al bono establecido en la ley Nº 20.305. Sobre la materia, cabe anotar que el inciso segundo del artículo 1° de ese texto legal dispone que “El personal mencionado en el inciso anterior tendrá derecho al bono siempre que se encuentre afiliado al Sistema de Pensiones del decreto ley Nº 3.500, de 1980, y cotice en dicho sistema por el ejercicio de su función pública”. Por su parte, específicamente respecto de los ex funcionarios públicos, el artículo quinto transitorio de la ley Nº 20.305, previene, en lo que interesa, en su letra a), que para obtener el aludido beneficio es necesario, entre otros requisitos, haber cesado en funciones por obtención de pensión por vejez durante el período comprendido entre el 14 de noviembre de 2003 y la entrada en vigencia de la ley, esto es, el 1 de enero de 2009. Por consiguiente, en mérito de lo precedentemente expuesto, y dado que según los antecedentes acompañados por la interesada, la señora Ulloa Muñoz está pensionada en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, y que cesó en servicios en el año 1987, esto es, en una data anterior a la precedentemente señalada, cabe concluir que no se ha encontrado en situación de acceder al bono de la ley Nº 20.305. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República