Dictamen CGR

Dictamen N° 24082/2016

2016-03-31 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Diploma de Trabajador Social otorgado por la Universidad de Aconcagua, es útil para percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional

N° 24.082 Fecha: 31-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comando de Personal del Ejército, para consultar si el diploma de Trabajador Social, conferido por la Universidad de Aconcagua en el año 2015, es útil para percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional. Sobre el particular, es dable manifestar, por una parte, que según el artículo 54, inciso séptimo, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en la forma que allí se consigna, y por otra, que conforme a lo dispuesto en el artículo 63, inciso segundo, letra q), del citado texto legal, el diploma de Trabajador Social posee la calidad antes señalada. Enseguida, es menester expresar que el artículo 185, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, prescribe, en lo pertinente, que el personal afecto a la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas podrá percibir una asignación mensual de especialidad al grado efectivo, al igual que los empleados civiles profesionales universitarios y el personal a contrata profesionales universitarios, encasillados o nombrados según corresponda, en los grados que menciona. Asimismo, el artículo 186, letra g), del último cuerpo normativo citado, previene, en lo que interesa, que los servidores que señala, que desempeñan funciones propias de su profesión y que cumplen una jornada de 44 horas semanales, tendrán derecho a un sobresueldo equivalente al monto que dicho precepto establece. Como puede advertirse, de la señalada normativa aparece que para gozar de los beneficios a que ella alude, es necesario contar con un título profesional, calidad que, según se indicó, posee el diploma en análisis, motivo por el cual cabe concluir que este habilita para percibir los beneficios en consulta. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General