Dictamen N° 24091/2016
N° 24.091 Fecha: 31-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comando de Personal del Ejército, consultando si el diploma de Educador de Párvulos, conferido por la Universidad Adventista de Chile en el año 2007, permite percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional. Sobre el particular, es preciso manifestar que, según el artículo 35, inciso séptimo, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación, vigente a la época de obtención del diploma en examen, título profesional es aquel que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en los términos que indica, siendo dable agregar que conforme a lo dispuesto en el artículo 56, inciso tercero, letra o), del aludido texto legal, el diploma de Educador de Párvulos posee la calidad antes señalada. Enseguida, es menester expresar que el artículo 185, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, prescribe, en lo pertinente, que el personal afecto a la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas tendrá derecho a percibir una asignación mensual de especialidad al grado efectivo, al igual que los empleados civiles profesionales universitarios y el personal a contrata profesionales universitarios, encasillados o nombrados según corresponda, en los grados que menciona. Asimismo, el artículo 186, letra g), del último cuerpo normativo citado, previene, en lo que interesa, que los servidores que señala, que desempeñan funciones propias de su profesión y que cumplan jornadas de 44 horas semanales, tendrán derecho a percibir un sobresueldo de acuerdo al monto que dicho precepto establece. Como puede advertirse, de la señalada normativa aparece que para gozar de los beneficios a que ella alude, es necesario contar con un título profesional, calidad que, según se indicó, posee el diploma en análisis, motivo por el cual cabe concluir que este habilita para percibir los beneficios en consulta. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General