Dictamen CGR

Dictamen N° 24093/2013

2013-04-19 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de ejercer el control previo de juridicidad del decreto Nº 46, de 2013, de la Universidad de la Frontera

N° 24.093 Fecha: 19-IV-2013 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad del decreto Nº 46, de 2013, de la Universidad de la Frontera, mediante el cual se aprueba el nuevo reglamento de administración de los fondos de esa casa de estudios y establece normas sobre gastos de alimentación y bebidas, alojamiento, hotel y restaurante y gastos de representación, toda vez que dicho acto, atendidas sus materias, se encuentra exento de dicho trámite, de conformidad con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Lo anterior, puesto que según el artículo 1° de este último cuerpo normativo los reglamentos que firman los jefes de servicio, como es el caso del documento indicado, quedan sometidos a ese control, solo en la medida que se refieran a materias afectas, lo que no sucede en la especie, de acuerdo al artículo 8° del la misma resolución, que establece las materias financieras y económicas consideradas esenciales. No obstante, cumple advertir que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del decreto con fuerza de ley N° 156, de 1981, del Ministerio de Educación -que aprueba el estatuto de la referida universidad-, corresponde al contralor de esa institución ejercer el control de legalidad de los actos de las autoridades de esa corporación, revisión que de acuerdo con el timbre y firma contenidos en el acto administrativo en estudio, aparece cumplida. Atendido lo expuesto, se remite el decreto universitario ya individualizado, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el título VI de la aludida resolución N° 1.600. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República