Dictamen N° 24361/2014
N° 24.361 Fecha : 07-IV-2014 Se ha dirigido a la Contraloría General don Luis Rojas Gallardo, Prosecretario de la Cámara de Diputados, quien, a petición del diputado señor Aldo Cornejo González, solicita que se emita un pronunciamiento acerca de la legalidad de la resolución exenta N° 1.392, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que prorrogó la vigencia de la resolución exenta N° 3.739, de 2011, del mismo origen. Al respecto, y teniendo presente lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Valparaíso, cumple con señalar que el último acto administrativo aludido estableció condiciones específicas de operación y utilización de vías para servicios urbanos de transporte público remunerado de pasajeros, prestados con buses y/o trolebuses, al interior del conglomerado urbano denominado Gran Valparaíso. Luego, que dicha medida se llevó a cabo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° bis del decreto N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros. Dicha preceptiva, cabe a continuación precisar, luego de señalar que una vez concluido el plazo de las concesiones de servicios de transporte público de pasajeros -y siempre y cuando se verifique alguno de los supuestos a que alude-, los servicios deberán ser nuevamente entregados en concesión mediante licitación pública, en las condiciones que menciona, prevé que “de forma excepcional, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá, por razones de interés público y de buen servicio, establecer condiciones de operación, condiciones de utilización de vías específicas para determinados tipos o modalidades de servicio, tarifas, estructuras tarifarias y demás condiciones que estime pertinentes, en caso de que, verificado alguno de los antedichos supuestos, no resulte posible poner en marcha los nuevos servicios licitados inmediatamente después que expiren los anteriores”, puntualizando que “En todo caso, esta potestad deberá ejercerse por resolución del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y su aplicación no podrá ser superior a 18 meses, período que sólo podrá ser renovado por motivos fundados”. En ese contexto, en seguida, debe anotarse que a través de la resolución exenta N° 1.392, de 2013, citada, se prorrogó la vigencia de la medida en comento, en los términos reseñados en el precepto reglamentario referido, esto es, por el plazo de 18 meses a contar del vencimiento del primitivo establecido en la mencionada resolución exenta N° 3.739, de 2011, o bien hasta la fecha en que comience la puesta en marcha del nuevo proceso de licitación de uso de vías del Gran Valparaíso, cualquiera de los dos hechos que ocurra primero. Lo anterior, atendido que la Cartera del ramo, por los motivos que en el mismo instrumento exento se detallan, a esa data, no había podido llevar a cabo un nuevo proceso de concesión de vías en el área geográfica antes aludida. En ese orden de consideraciones, esta Contraloría General, en el ámbito de su competencia, no aprecia reproche de juridicidad que efectuar a lo obrado por la Administración al disponer la prórroga indicada por medio del documento acerca del cual se consulta. Transcríbase a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Valparaíso, y a la respectiva Contraloría Regional. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República