Dictamen N° 2441/2013
N° 2.441 Fecha: 11-I-2013 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 4.031, de 2012, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que rectifica la resolución que individualiza, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que de la suma, los vistos y teniendo presente, los considerandos y del expediente administrativo que sirve de fundamento al instrumento en estudio, se desprende que el documento que se rectifica es el que autorizó la transferencia de la concesión de acuicultura a Salmones Cupquelán S.A., su actual titular, y que corresponde a la resolución N° 214, de 2003, de la ex Subsecretaría de Marina, lo que no guarda concordancia con lo previsto en su N° 1 que corrige la resolución N° 213, de igual año y origen. Asimismo, de los antecedentes acompañados aparece que la concesión en estudio está ubicada en Estero Cupquelán, al norte de Caleta Huillines, comuna y provincia de Aysén, XI Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y no como se indica en el N° 1 del Visto y Teniendo Presente, y que el domicilio de la concesionaria es Vial N° 895, Puerto Montt, y no como expresa el numeral 2 del documento en análisis. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto señalado. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica