Dictamen N° 24530/2016
N° 24.530 Fecha: 01-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Pamela Vásquez Gamboa, solicitando un pronunciamiento respecto del rechazo del reclamo de ilegalidad por parte de la Municipalidad de Pudahuel, en relación con la caducidad de la patente que señala. Requerida al efecto, la citada entidad edilicia informó, en síntesis, que su accionar se ajustó a derecho. Sobre el particular, la letra a) del artículo 151 de la ley N° 18.695, dispone que “ Cualquier particular podrá reclamar ante el alcalde contra sus resoluciones u omisiones o las de sus funcionarios, que estime ilegales, cuando éstas afecten el interés general de la comuna. Este reclamo deberá entablarse dentro del plazo de treinta días, contado desde la fecha de publicación del acto impugnado, tratándose de resoluciones, o desde el requerimiento de las omisiones”. A continuación, la letra d) de la misma norma prevé, en lo pertinente, que rechazado el reclamo, el afectado podrá reclamar, dentro del plazo de quince días, ante la corte de apelaciones respectiva. En dicho contexto normativo, cabe señalar que la competencia para conocer y resolver acerca del rechazo del reclamo de ilegalidad interpuesto ante el alcalde, corresponde a la corte de apelaciones respectiva, y no a este Organismo Fiscalizador. En consecuencia, esta Entidad de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por carecer de competencia en relación con dicha materia. Transcríbase a la Municipalidad de Pudahuel. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República