Dictamen CGR

Dictamen N° 24581/2012

2012-04-27 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa resolución N° 282 de 2012, de la Dirección de Vialidad, que aprueba antecedentes y acepta la oferta de la empresa que indica para la ejecución de la obra “Construcción Puente El Tambo, Sector El Tambo, Tramo Dm. 0.000,00 – Dm. 3.243,59; Comunas de San Vicente de Tagua-Tagua y Malloa, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins”
Aplicado por
Dictamen N° 43156/2012
Aplica dictamen

N° 24.581 Fecha : 27-IV-2012 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 282, de 2012, de la Dirección de Vialidad, que aprueba antecedentes y acepta la oferta de la empresa que indica para la ejecución de la obra “Construcción Puente El Tambo, Sector El Tambo, Tramo Dm. 0.000,00 – Dm. 3.243,59; Comunas de San Vicente de Tagua-Tagua y Malloa, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins”, en atención a las siguientes observaciones: 1.- No resulta concordante el tramo señalado en el nombre de la referida obra con la respuesta a la pregunta N° 8 de la circular aclaratoria N° 2, en cuanto se dispone que en la ruta H-806 el tramo se inicia en el Dm 1.400. 2.- Si se considera que la licitación de la especie se rigió por las bases administrativas aprobadas por el decreto N° 258, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas, cuyo ámbito de aplicación se encuentra circunscrito a la construcción y reposición total y reposición parcial de puentes, pasarelas y sus respectivos accesos por parte de la Dirección de Vialidad, no se advierten las razones por las cuales en la misma respuesta indicada precedentemente, se comprenden en la contratación trabajos a ejecutar entre el Dm. 0.118,33 y el EA-Dm. 0.587,57 de la ruta H-710, distante más de mil metros del lugar en que se construirá el puente, en la ruta H-806. 3- No procede que en el resuelvo N° 1 del acto en examen -al remitirse al listado adjunto a la circular N° 2-, se aprueben planos relativos a tramos que no serán objeto de intervención, entre ellos, el sector ubicado entre el Dm. 0.000 al Dm. 1.399, de la ruta H-806 y la ruta H-80-I, ya que fueron excluidos del contrato en virtud de la referida circular. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República