Dictamen CGR

Dictamen N° 2516/2013

2013-01-11 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil de funcionario de Carabineros de Chile

N° 2.516 Fecha: 11-I-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-1770, conducido por su funcionario, señor Richard Iván Figueroa Garabito, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 12 de noviembre de 2011, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por calle José Domingo Mujica, y al llegar a la intersección con calle Juan Nicolás Rubio, en la comuna de Rancagua, fue colisionado por un vehículo particular que ingresó al cruce de vías, sin respetar el derecho preferente de paso al automóvil policial, a lo que se encontraba obligado por enfrentar una señal Ceda el Paso, lo que la Subcomisaría de Investigación de Accidentes en el Tránsito y Carreteras, en su oficio N° 12, de 2011, estableció como causa del accidente, efectuándose la respectiva denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el informe técnico N° 11, de 2012, de la Prefectura Colchagua, ascenderían a la suma de $542.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 20, de 2012, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Richard Iván Figueroa Garabito , por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-1770; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República