Dictamen N° 2517/2013
N° 2.517 Fecha: 11-I-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados a las motocicletas fiscales M-1383 y M-1366, conducidas por sus funcionarios, señores Cristián Javier Gallardo Gallardo y Luis Alberto Fuentealba Neira, como asimismo, por los deterioros de un pantalón y buzo térmico que usaba este último servidor, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 12 de mayo de 2006, esos servidores circulaban en las citadas motocicletas por Avenida Pajaritos, y próximo a la intersección con calle Gandarillas, en la comuna de Maipú, un bus particular efectuó un cambio de pista, sin tener el tiempo ni el espacio suficiente para realizar esa maniobra, obstruyéndole la normal circulación a los móviles policiales, lo que provocó que el señor Fuentealba Neira colisionara de roce a la otra motocicleta fiscal, para luego chocar con un poste del alumbrado público; mientras que el señor Gallardo Gallardo chocó el vehículo que manejaba contra un muro de contención, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 74, de 2006, estableció como causa del accidente, efectuándose la respectiva denuncia ante la Fiscalía Local de la mencionada comuna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según los presupuestos N os 113 y 114, de 2006, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían, en cada caso, a la suma de $250.000, siendo la motocicleta policial M-1383 reparada y dada de alta para el servicio, como consta del certificado N° 118, de 2006, de la misma sección, mientras que el móvil M-1366 fue dado de baja, según aparece en la orden N° 138, de 2007, de la Dirección Nacional de Logística. Por su parte, los deterioros a las mencionadas prendas de vestir, de conformidad con lo expuesto en la vista fiscal, fueron por un monto total de $97.816, siendo tales especies dadas de baja. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Cristián Javier Gallardo Gallardo, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-1383, y al señor Luis Alberto Fuentealba Neira, por los deterioros en la motocicleta fiscal M-1366 y en las prendas de vestir ya individualizadas. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República