Dictamen N° 25184/2014
N° 25.184 Fecha: 09-IV-2014 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a l decreto N° 179, de 2014, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas , que otorga la concesión marítima menor que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe hacer presente que el artículo 68, letra H), N° 1, del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, establece que las boyas y rejeras para embarcaciones menores de 25 T.R.G pagarán una tarifa de 0,20 U.T.M. Sin embargo, el numeral 7 del acto en examen ordena al concesionario pagar un monto de 0,50 U.T.M., lo que deberá ser subsanado conforme a la disposición reglamentaria antes anotada. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el instrumento señalado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica