Dictamen CGR

Dictamen N° 25215/2015

2015-04-01 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Representa la resolución Nº 268, de 2014, de la Subsecretaría de Transportes, atendido que el sumario administrativo no contiene antecedentes que fundamenten el sobreseimiento que dispone

N° 25.215 Fecha: 01-IV-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que sobresee el sumario administrativo instruido con motivo de la observación contenida en el acápite II, numeral 1 del Informe Final N° 77, de 2013, de este origen, para determinar las eventuales responsabilidades administrativas por no haberse efectuado el cobro de las boletas de garantías correspondientes a los contratos suscritos para el pago del subsidio al transporte escolar, contemplado en el artículo 5°, letra a), de la ley N° 20.378, atendido que en el proceso no constan elementos de prueba que justifiquen esa decisión. Sobre el particular, es dable señalar que la investigadora -conforme al análisis de los documentos y declaraciones que especifica en la vista fiscal que rola a fojas 213 a 224-, concluye que si bien los servidores de las unidades a los cuales les correspondía realizar el control y cobro de los respectivos documentos de garantía, no cumplieron con esa función dentro del plazo de vigencia de las cauciones -no obstante que se habían confeccionado y remitido las resoluciones e informes pertinentes a las jefaturas que individualiza, responsables del procedimiento de esa cobranza-, existirían circunstancias que los liberarían de responsabilidad administrativa, respecto de lo cual, cabe manifestar que aquellas no se encuentran acreditadas a través de antecedentes idóneos y suficientes que permitan disponer el sobreseimiento del procedimiento sumarial en estudio. En consecuencia, se representa el acto administrativo del epígrafe, y se devuelve con sus antecedentes con el objeto que la superioridad de ese servicio ordene la reapertura del proceso de que se trata, y disponga se realicen las diligencias destinadas a determinar la responsabilidad administrativa que se derive de las objeciones formuladas en el mencionado informe final. Transcríbase a la División de Auditoria Administrativa de este Organismo Contralor. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General