Dictamen N° 25239/2019
N° 25.239 Fecha: 23-IX-2019 Esta Contraloría General no da dado curso a la resolución del rubro, que aprueba convenio ad referéndum N° 2, modificatorio del “Estudio de Ingeniería Mejoramiento ruta C-13, sector Cruce Ruta 5-Diego de Almagro, región de Atacama”, por cuanto se requiere una explicación detallada acerca de la diferencia de las actividades que se deben desarrollar en las dos partidas incorporadas -relativas a la modelación hidráulica 2D- que justifique la diferencia de precios. Además, tampoco queda claro el motivo por el que en los análisis de precios unitarios de cada partida se establece un cobro por concepto de software, si, en la introducción de la especificación técnica que describe el trabajo se recomienda utilizar un modelo de libre costo que ahí se indica. Enseguida, no se acompañan mayores antecedentes asociados a las recomendaciones de la utilización de un análisis hidráulico 2D, a que se alude en el punto 2 del acuerdo -efectuadas en reuniones entre la consultora y profesionales de la Dirección de Vialidad y con la Dirección de Vialidad, Región de Atacama, según allí se menciona-. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División