Dictamen CGR

Dictamen N° 25329/2011

2011-04-26 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre cese del pago de la asignación de desempeño de funciones críticas

N° 25.329 Fecha: 26-IV-2011 Se han dirigido a esta Contraloría General, doña Carolina Martínez Gallegos y doña Tamara Contreras Olivares, ex profesionales a contrata del Ministerio de Planificación, consultando sobre la procedencia de que la Subsecretaría del ramo haya dispuesto la suspensión del pago de la asignación por desempeño de funciones críticas que les correspondía. Requerido su informe, la Subsecretaría de Planificación manifiesta, en síntesis, que puso término a la asignación de funciones críticas a contar del mes de marzo del presente año, momento en el cual las recurrentes dejaron de desempeñar efectivamente las funciones calificadas como tales. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo septuagésimo tercero de la ley N° 19.882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que Indica, previene que la asignación en comento se concederá a quienes desempeñen funciones calificadas como tales, esto es, aquellas que sean relevantes o estratégicas para la gestión del respectivo servicio, por la responsabilidad que implica su desempeño y por la incidencia en los productos o servicios que éstos deben proporcionar. Por su parte, los incisos quinto y séptimo de la citada norma señalan que, una vez fijada para cada Ministerio y Servicio la cantidad máxima de funcionarios con derecho a percibirla y los recursos que podrán destinarse para su pago, se determinarán mediante una resolución exenta de los respectivos Subsecretarios o Jefes Superiores de Servicio, visada por la Dirección de Presupuestos, las funciones consideradas como críticas, así como el porcentaje de asignación que se fije a cada una, las personas beneficiadas y los montos específicos de sus asignaciones, requiriéndose la aceptación del empleado que ha de servir la labor considerada como tal. A su vez, el inciso noveno del citado artículo septuagésimo tercero, establece que la asignación por el desempeño de funciones críticas tendrá el carácter de remuneración permanente para todos los efectos legales, se percibirá mientras se ejerza la función específica y no será considerada base de cálculo de ninguna otra remuneración. De este modo, tal como ha sido informado por esta Contraloría General en su dictamen N° 48.475, de 2008, de acuerdo con lo previsto en el inciso octavo de la disposición en comento, la propia autoridad administrativa puede sustraer a una función determinada la calificación de crítica o incorporar otras, siempre que se respete el marco presupuestario anualmente definido para esa finalidad. En estas condiciones, es dable concluir que los requisitos para el pago de la asignación de la especie son copulativos, es decir, que la función haya sido calificada como crítica, a través del acto administrativo determinado en la ley y cumpliendo las formalidades allí señaladas, y que el titular efectivamente ejerza las respectivas labores. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que en virtud de la resolución exenta N° 182, de 18 de enero de 2010, del Ministerio de Planificación, se otorgó a las recurrentes la asignación de funciones críticas por el desempeño de las funciones de Encargada de Gabinete de la Ministra y Asesora del Gabinete de la Ministra, respectivamente. Enseguida, a través de la resolución exenta N° 459, de 16 de abril de 2010, de dicha Secretaría de Estado, se determinó el cese del pago del beneficio a las recurrentes y, a su vez, el otorgamiento del mismo a los funcionarios que pasaron a asumir dichas labores, a contar del 12 de marzo de 2010. Por lo anteriormente expuesto, se concluye que la actuación de la Subsecretaría de Planificación, acerca de lo consultado, se ajustó a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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