Dictamen CGR

Dictamen N° 254206/2022

2022-09-07 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado por la razón que indica

Nº E254206 Fecha: 07-IX-2022 Se han dirigido a esta Contraloría General el diputado señor Andrés Giordano Salazar, el señor Leonardo Jofré Ríos, consejero regional, y la señora Cecilia Fuentealba, del Movimiento Solidario Vida Digna, según indica, solicitando un pronunciamiento relativo al alcance del artículo 124 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones -aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, sobre obras provisorias, en el contexto del permiso de edificación N° 5, de 2018, de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Huechuraba, otorgado acorde con la mencionada norma para el funcionamiento del helipuerto de la empresa “Helipuerto Santiago SpA” en esa comuna, autorización que, a su juicio, no se encontraría vigente. A requerimiento de esta Entidad de Fiscalización informaron la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo y la aludida corporación edilicia, dando cuenta esta última de que se habría interpuesto una acción jurisdiccional en la materia reseñada. Sobre el particular, es dable manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista se advierte que con fecha 19 de abril de 2022, se interpuso por vecinos de la población “El Barrero” ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, un recurso de protección en contra de la recién nombrada sociedad -causa rol N° 31071, de 2022- mediante el cual se reclama que el helipuerto de que se trata se encontraría funcionando sin las autorizaciones correspondientes, lo que afectaría las garantías constitucionales que ahí se enuncian, del modo que se detalla. En ese contexto, es menester expresar que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, no corresponde que esta informe o intervenga en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, situación que, conforme a los antecedentes recabados acontece en la especie, por lo que debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido. Saluda atentamente a Ud., JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República