Dictamen N° 2544/2015
N° 2.544 Fecha:12-I-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón policial Z-5775, conducido por su funcionario, señor Christopher Edgard Bustamante Valenzuela, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe anotar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 30 de noviembre de 2013, ese servidor concurrió en el referido vehículo a calle Bailahuen Sur con Avenida Central, en la comuna de La Florida, lugar en que se desarrollaba una fiesta comercial, con ocasión de lo cual algunos individuos comenzaron a lanzar piedras y botellas al citado móvil, dañando su carrocería. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 360, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $374.570, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Christopher Edgard Bustamante Valenzuela, por los daños ocasionados en el furgón policial Z-5775. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República