Dictamen N° 25532/2019
N° 25.532 Fecha: 25-IX-2019 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueba el contrato para la adquisición de los reactivos que indica para el Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, es necesario precisar que, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula décima del contrato que se aprueba, tal como lo dispone el artículo 8° de la Ley N° 21.125, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado, durante el año en curso, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos (aplica oficio N° 15.895, de 2019). Por otro lado, cabe hacer presente que, atendida la duración del convenio, contenida en su cláusula undécima, los pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros, solo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para esos desembolsos, lo que se ha omitido consignar en los documentos en estudio (aplica el oficio N° 28.748, de 2018). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto examinado. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República