Dictamen CGR

Dictamen N° 256693/2022

2022-09-13 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la Resolución N° 35, de 2022, de la Dirección General de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 429442/2023
Aplica dictamen

N° E256693 Fecha: 13-IX-2022 Esta Contraloría General no ha dado curso a la resolución de la suma, que aplica a la empresa Constructora Salma Ltda., la medida de suspensión del registro de contratistas y consultores del Ministerio de Obras Públicas, por cuanto no se explica suficientemente el último considerando de la resolución exenta DRV Nº 615, de 2017, Región de La Araucanía, en cuanto cita un certificado de inscripción vigente en el Registro de Contratistas de la empresa y señala que “a la fecha se revisaron los antecedentes del contrato y no se advierten inconsistencias que impidan adjudicar el contrato”. Siendo así, se estima necesario que esa repartición acompañe la documentación que sirvió de fundamento a La resolución exenta N° 2.182, de 2017, de la Dirección de Vialidad, Región de la Araucanía, que declaró, en base al artículo 151, letra j), del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, el término anticipado del contrato “Conservación caminos de acceso a comunidades indígenas, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía”. Tampoco se da una explicación en relación al otro contrato citado en el Informe Final N° 670, de 2018, de esta Sede de Control -a que se alude en el considerando del acto en examen-, denominado “Conservación caminos de acceso a comunidades indígenas, comuna de Carahue, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía”. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División