Dictamen N° 25834/2014
N° 25.834 Fecha: 11-IV-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jorge Guillermo Vergara Flores, pensionado de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, reclamando que esta ha efectuado el cobro de intereses por concepto de pensiones de retiro mal percibidas. Requerida de informe, la aludida dirección manifiesta, en síntesis, que con ocasión de la modificación de la fecha de retiro del peticionario se generó una deuda de $17.568.098, correspondiente a mensualidades de jubilación erróneamente percibidas entre el 26 de junio de 2009 y el 30 de abril de 2010, por lo que en virtud del artículo 146 de la ley N° 10.336, se efectuó el cobro de la suma de $7.161.022, correspondiente al cálculo del 12% de interés anual, de lo que se da cuenta en su resolución N° 138, de 2011. Al respecto, el precitado artículo 146 dispone que todas las deudas en favor del Fisco devengarán el interés de 12% anual, a contar de la fecha en que sean exigidas por el Contralor, a menos que la ley haya fijado otro interés. En ese orden de ideas, mediante el dictamen N° 3.945, de 1999, esta Entidad Fiscalizadora ha reconocido que la aludida normativa resulta plenamente aplicable a las deudas contraídas con la mencionada entidad previsional, por lo que, al modificarse su fecha de desvinculación institucional, se generó una deuda, a la que corresponde válidamente aplicar el indicado interés. Por lo tanto, cabe concluir que en la situación planteada por el recurrente corresponde el cobro de intereses. Transcríbase a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República