Dictamen N° 26442/2010
N° 26.442 Fecha: 17-V-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Margarita Nahuelpan Huichal, funcionaria del Departamento de Salud de la Municipalidad de Recoleta, solicitando un pronunciamiento que determine su derecho a obtener el pago de las asignaciones que señala, que se habrían devengado en el año 2004. Requerido su informe, la Municipalidad de Recoleta lo emitió mediante el oficio N° 1400/08, de 2010, en el que expresa que no procede acceder a la solicitud formulada por la interesada, toda vez que los beneficios que reclama se encontrarían prescritos, por cuanto no los requirió dentro del término legal previsto en la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 98 de la citada ley N° 18.883 -norma aplicable supletoriamente al personal de la especie, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal-, ordena que el derecho al cobro de las asignaciones que establece el artículo 97 de ese texto legal -entre las que se cuentan las asignaciones contempladas en leyes especiales, como acontece con los estipendios de que se trata-, prescribirán en el plazo de seis meses contado desde la fecha en que se hicieron exigibles. Pues bien, de la documentación tenida a la vista, no consta que la señora Nahuelpan Huichal haya efectuado el cobro de las asignaciones de que se trata, ante la autoridad encargada de reconocerlas, dentro del plazo legal establecido para ello, esto es, seis meses a contar de la fecha de pago de cada uno de los estipendios reclamados, de manera que por aplicación de la normativa señalada precedentemente, el derecho a su cobro se encuentra prescrito. En consecuencia, cumple esta Contraloría General con concluir, que procede desestimar la petición planteada por la recurrente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República