Dictamen CGR

Dictamen N° 26618/2016

2016-04-11 · Toma de razón y control de legalidad · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 138, de 2016, del Servicio de Salud Metropolitano Oriente

N° 26.618 Fecha: 11-IV-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del epígrafe, mediante el cual se aprueba el convenio suscrito entre el individualizado Servicio y la Municipalidad de Peñalolén, para la ejecución del Programa Servicio de Atención Primaria de Urgencia (SAPU), por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que atendida la naturaleza pública de las partes intervinientes, las transferencias de recursos que se disponen por su cláusula tercera deberán efectuarse a contar de la total tramitación del último acto administrativo que aprueba dicho acuerdo de voluntades. Asimismo, cabe manifestar que ese Servicio de Salud tendrá que adoptar las medidas necesarias a fin de definir de manera oportuna las metas a que se refiere el párrafo primero de su estipulación sexta. Finalmente, esta Contraloría General entiende que las tasas de actividades que las partes de la convención en trámite han establecido para la evaluación del aludido programa, son las que consigna el párrafo tercero de la citada cláusula sexta. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República