Dictamen CGR

Dictamen N° 26623/2015

2015-04-06 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Alterado
Sumario. Plazo para solicitar cualquier beneficio indemnizatorio derivado del cese de servicios ocurrido en el año 1981, se encuentra vencido de acuerdo a las reglas de prescripción general del artículo 2.515 del Código Civil
Aplicado por
Dictamen N° 75193/2016
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Dictamen N° 11807/2016
Confirma dictamen

N° 26.623 Fecha: 06-IV-2015 La Contraloría Regional del Biobío ha remitido a esta Sede Central una presentación del señor Ernesto González Seguel, exonerado político, quien solicita el otorgamiento de una indemnización por años de servicio, con ocasión de su desvinculación ocurrida el año 1981. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con acompañar el expediente de otra persona, señala que el interesado es titular de una pensión de régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, reliquidada con el abono de tiempo del artículo 4° de la ley N° 19.234 y complementada con un aporte previsional solidario. Por su parte, la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública comunica que no dispone de la carpeta del exservidor, por lo que no puede referirse a lo consultado. Como cuestión previa, cabe manifestar que en los registros de esta Entidad Fiscalizadora no existe información relacionada con los desempeños del recurrente en la Administración del Estado, por lo que solo es posible desprender, de lo informado por el referido organismo previsional, que este habría sido desvinculado del Instituto de Desarrollo Agropecuario el 22 de septiembre de 1981, por motivos políticos. En este contexto, y dado que desde la fecha en que se puso término a los servicios del peticionario han transcurrido más de treinta años, es dable concluir, de acuerdo a las reglas de prescripción general contenidas en el artículo 2.515 del Código Civil, que el plazo para solicitar cualquier beneficio indemnizatorio derivado de aquellos, se encuentra latamente vencido. Transcríbase al interesado, a la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y al Instituto de Previsión Social, haciéndole devolución del expediente acompañado. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General