Dictamen N° 26694/2015
N° 26.694 Fecha: 06-IV-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Díaz Yubero, abogado, en representación de don Alexi Bustos Acevedo, servidor contratado a honorarios en la Subsecretaría de Educación, para reclamar por el incumplimiento, por parte de la anotada entidad, del fallo judicial dictado por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa RIT N° O-2.438-2013, ratificado por los Tribunales Superiores de Justicia. Al respecto, cabe anotar que en el artículo 76 de la Constitución Política y tal como se afirmó en el dictamen N° 12.671, de 1998, de este origen, se reconoce a los tribunales de justicia su potestad de imperio, en cuya virtud corresponde a ellos, de manera excluyente, hacer cumplir sus resoluciones. En este mismo sentido, se debe manifestar que esta Entidad de Control, en su dictamen N° 15.625, de 2015, entre otros, informó que no puede determinar los efectos de un fallo judicial, por cuanto ello incide directamente en el alcance y ejecución del mismo, materia cuyo conocimiento es de competencia exclusiva del órgano jurisdiccional que lo dictó. En consecuencia, y en armonía con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, que fija su Organización y Atribuciones, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, ya que la materia de que se trata, esto es, el eventual incumplimiento de una sentencia judicial, es de competencia de los tribunales de justicia. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General