Dictamen N° 26956/2009
N° 26.956 Fecha: 25-V-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Iván Aldoney Vargas, exonerado político, para solicitar la restitución del monto retenido por el antiguo Instituto de Normalización Previsional, por concepto del pago del impuesto al que estaría afecto el bono extraordinario previsto en la ley N° 20.134. Requiere además, se apliquen las sanciones dispuestas en el artículo 9°, inciso segundo, de la ley N° 10.336, al citado Organismo Previsional y al Servicio de Impuestos Internos, por haber infringido la precitada ley N° 20.134, en los términos indicados. Sobre el particular, cabe manifestar en primer término, que el Servicio de Impuestos Internos, a través de su oficio N° 2.595, de 2007, determinó que el aludido bono constituye una renta afecta al Impuesto único de Segunda Categoría, el que debe calcularse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 del D.L. N° 824, de 1974, instrucción en conformidad a la cual se procedió a descontar el impuesto en cuestión. Precisado lo anterior, resulta pertinente indicar que la rebaja en análisis, se efectuó en cumplimiento a lo ordenado por el aludido Servicio, el que, de acuerdo a la normativa vigente es quien tiene la competencia para interpretar, aplicar y fiscalizar las normas tributarias cuyo control no esté encomendado por ley a una autoridad diferente. En consecuencia, sobre la base de lo expuesto, cabe concluir que no existen antecedentes de que el referido Organismo Previsional haya incurrido en alguna de las hipótesis previstas en la citada Ley de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, por lo que no se advierte mérito para la adopción de alguna medida por parte de esta Entidad Fiscalizadora, motivo por el cual se desestima la petición del interesado.