Dictamen N° 27015/2013
N° 27.015 Fecha: 03-V-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Gabriel Álamo Álamo, para denunciar que el señor Cristián Sayés Maldonado, funcionario de la Subsecretaría de Prevención del Delito, actualmente encargado de la Oficina de Seguridad Pública de la Región de Arica y Parinacota, estaría inhabilitado para desempeñarse como servidor público, ya que en la causa judicial que indica habría sido condenado por el delito de manejo en estado de ebriedad. Como cuestión previa, cabe señalar que el artículo 12, letra f), de la ley N° 18.834, en armonía con lo previsto en el artículo 54, letra c), de la ley N° 18.575, establece entre los requisitos necesarios para ingresar a la Administración del Estado, el no hallarse condenado por crimen o simple delito, inhabilidad que, según el artículo 64 del último texto legal citado, tiene el carácter de sobreviniente, siendo obligación del funcionario afectado declararla a su superior jerárquico. Ahora bien, en relación con lo expuesto por el recurrente, es dable anotar que según consta de los antecedentes examinados, la persona por la que se consulta, al término de la causa judicial RIT N° 657-2011, sustanciada ante el Juzgado de Garantía de Arica por el delito antes mencionado, fue sobreseída definitivamente el 19 de abril de 2012. Por su parte, y de acuerdo con los registros de esta Entidad de Control, se advierte que el señor Sayés Maldonado no ha sido condenado por crimen o simple delito, lo que permite concluir que este último no se encuentra inhabilitado para desempeñarse como funcionario público, motivo por el cual este Organismo de Control tomó razón de la resolución N° 154, de 2012, que lo designó a contrata en la indicada subsecretaría. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República