Dictamen N° 27095/2014
N° 27.095 Fecha: 16-IV-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Teresa Valenzuela Caro, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, para solicitar un pronunciamiento que determine si tiene derecho al bono postlaboral que establece la ley N° 20.305. Plantea la recurrente, que el citado organismo le habría comunicado la improcedencia de esa bonificación sin exponer los motivos del rechazo a su postulación. Requerido su informe, la aludida institución manifiesta que revisada la petición de la interesada, se constató que ésta no cumplía uno de los requisitos copulativos de la referida normativa, consistente en tener a lo menos 20 años de desempeño en las instituciones que se señalan, a la fecha de publicación de ese cuerpo legal, adjuntando al efecto una relación de servicios de la solicitante. Al respecto, el artículo 2° de la ley N° 20.305 exige, entre otras condiciones, tener a lo menos 20 años de servicios en las entidades mencionadas en su artículo 1° o las que sean sus antecesores legales, a la data de publicación de dicho ordenamiento, a saber, el 5 de diciembre de 2008. Ahora bien, según los registros de este Órgano Contralor y la documentación acompañada tanto por la ocurrente como por el ente de salud, la interesada no alcanza a reunir los 20 años que requiere el citado precepto legal, circunstancia que le impide acceder al bono por el que consulta, de modo que se ajustó a derecho el rechazo de la solicitud en comento. Transcríbase al Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República