Dictamen CGR

Dictamen N° 2742/2010

2010-01-15 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de pronunciarse sobre un asunto en el no consta que peticionario haya consultado previa y formalmente a la autoridad correspondiente ni que ésta hubiese omitido o dilatado un pronunciamiento

N° 2.742 Fecha: 15-I-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Patricio Antonio Figueroa Soto, Sargento 2° de Carabineros en retiro, solicitando un pronunciamiento respecto de los alcances jurídicos del Reglamento sobre Enfermedades Profesionales del Personal de Carabineros de Chile, aprobado por el decreto N° 1.543, de 1970, del Ministerio del Interior, y, específicamente, sobre la procedencia de que dicho cuerpo reglamentario sea actualizado de acuerdo al contenido del decreto N° 73, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que introduce modificaciones en el Reglamento para la aplicación de la ley Nº 16.744 y en el Reglamento para la Calificación y Evaluación de los Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, contenidos en los decretos Nºs. 101, de 1968, y 109, de 1968, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, respectivamente. Al respecto, cumple con manifestar que, de acuerdo con lo previsto en las disposiciones pertinentes de la ley N° 10.336, orgánica de esta entidad, y tal como se consigna en las instrucciones sobre la materia, impartidas mediante la circular N° 24.841, de 1974, este Organismo Fiscalizador sólo conoce y se pronuncia sobre las presentaciones deducidas por particulares que se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o se haya omitido o dilatado dicha resolución por la autoridad administrativa correspondiente, habiéndola requerido los interesados, y no emite pronunciamientos en razón de consultas teóricas o generales que aquéllos formulen, tal como ocurre en la especie. En efecto, no consta que el peticionario que suscribe la presentación en comento, haya consultado previa y formalmente a la autoridad administrativa correspondiente sobre la materia ni que ésta, a su vez, hubiese omitido o dilatado un pronunciamiento al respecto. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Abogado Jefe de la División Jurídica