Dictamen N° 27556/2009
N° 27.556 Fecha: 27-V-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General, el Comité de Agua Potable Rural "Lomas de Culiprán", denunciando una serie de irregularidades relacionadas, entre otras, con la construcción y ejecución del proyecto de instalación del servicio de agua potable rural en el sector de la misma denominación, situado en la comuna de Melipilla. Requerida de informe la Dirección de Obras Hidráulicas, lo evacuó mediante oficios N°s 358, 538 y 1169 del año en curso, en los que señala, en definitiva, que por oficio N°367 de fecha 19 de marzo de 2009, comunicó a la empresa Aguas Andinas S.A., que deberá reparar en el plazo de 10 días hábiles, las obras que no han sido ejecutadas conforme a las especificaciones técnicas del contrato, a fin de dar cumplimiento a lo señalado en la cláusula tercera del convenio ad-referéndum de 15 de junio de 2006, suscrito entre ambos para la ejecución de la obra de agua potable rural referida. Sobre el particular, cumple con manifestar, en primer término, que el servicio precitado, en los convenios que celebre con las empresas sanitarias, en calidad de unidades técnicas, para el desarrollo de las actividades y la construcción de las obras a que se refiere el artículo 2° transitorio de ley N° 19.549, le está encomendada, conforme a dicha disposición, la responsabilidad de fiscalizar el cumplimiento del programa acordado con las concesionarias. Ahora bien, si la ejecución de dichas actividades y obras ha sido entregada por esas empresas a terceros, corresponde que aquéllas asuman su vigilancia, debiendo verificar que los trabajos se lleven a cabo en forma diligente y prolija, toda vez que a las concesionarias sanitarias, en su calidad de organismos técnicos, les compete controlar, las citadas obras conforme a lo convenido, cuestión que no ha ocurrido en la especie, con la empresa Aguas Andinas S.A, toda vez que recientes inspecciones efectuadas por esta Contraloría General en terreno, dan cuenta de un avance parcial en las acciones y gestiones tendientes a corregir las deficiencias denunciadas, por lo que el servicio deberá, a la brevedad, arbitrar las medidas tendientes a la reparación de la totalidad de los defectos detectados en las obras del proyecto de agua potable rural de la especie, de todo lo cual deberá comunicar a esta Entidad de Control (aplica dictamen N°30.338, de 2006). Lo anterior, es sin perjuicio de lo manifestado, en el oficio N° 16.335 de 31 de marzo de 2009; mediante el cual esta Contraloría General remitió a la Dirección de Obras Hidráulicas el informe final sobre la "auditoria técnica financiera efectuada al programa nacional de agua potable rural", ordenando a dicho servicio, la instrucción de una investigación sumaria a fin de determinar los hechos, la participación y la eventual responsabilidad administrativa, que pudiera derivar de las irregularidades expuestas en el citado informe, entre las que se encuentran la falta de fiscalización en la construcción y ejecución del proyecto de instalación del servicio de agua potable rural en el sector de "Las Lomas de Culiprán", comuna de Melipilla.