Dictamen N° 27699/2010
N° 27.699 Fecha: 25-V-2010 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de los decretos N°s 143 y 213, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas, que otorgan las concesiones de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas que indican, toda vez que, del tenor de los antecedentes acompañados -en especial los oficios N°s 598, de 2008, y 352, de 2009, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y 358, de 2008, y 199, de 2009, de las Municipalidades de Maule y Futaleufú, respectivamente- no se ha acreditado la coherencia entre los límites del área de cada una de dichas concesiones y las de expansión urbana definidas en los correspondientes instrumentos de planificación territorial, según lo dispuesto en el artículo 12 A del decreto con fuerza de ley N° 382, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas. Asimismo, y tratándose del decreto N° 143 señalado, cabe observar, por una parte, que el procedimiento se extendió por más de dos años, excediendo con creces el plazo fijado por el referido decreto con fuerza de ley para la tramitación de este tipo de concesiones, y por la otra, que la autoridad omitió verificar oportunamente uno de los requisitos que debía cumplir la solicitante para el otorgamiento de la concesión, lo que motivó parte del referido retraso. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación