Dictamen N° 27830/2019
N° 27.830 Fecha: 23-X-2019 Esta Contraloría General nuevamente no ha dado curso al instrumento del rubro, que deja sin efecto la resolución que indica y aprueba convenio ad referéndum N° 1 del estudio de “Ingeniería ampliación ruta 41-CH, sector bifurcación Las Rojas - bifurcación a Marquesa, región de Coquimbo” -previamente representado mediante los oficios N os 8.777, 17.770 y 20.803, todos de 2019, de este origen-, por cuanto las observaciones formuladas en este último oficio no han sido superadas por lo manifestado a través de la minuta criterios profundidad sondajes convenio N° 1, de septiembre de 2019, suscrita por el funcionario de la División de Ingeniería de esa Dirección que en ella se singulariza, acompañada en esta oportunidad. En efecto, en lo que respecta a la profundidad de los sondajes para las pasarelas y los muros no procede dar preeminencia a lo establecido en el capítulo 3.1002.404, del Manual de Carreteras, asociado a las fundaciones directas, si se tiene presente lo establecido en el volumen 3, Anexo 3.1000-A “Criterios Sísmicos para el Diseño de Puentes en Chile”, letra a), apartado 3.1 “Profundidad de exploración”, del punto 3 “Estudios de suelo-Estudios Geotécnicos”. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División