Dictamen N° 27870/2013
N°27.870 Fecha: 07-V-2013 A través del documento de la referencia, esa Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo solicita, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones -aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, la instrucción de un sumario administrativo en contra del Director de Obras de la Municipalidad de Maipú (DOM), por cuanto "no ha procurado el cumplimiento" de lo preceptuado en el artículo 5.3.2. del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), sancionado por la resolución N° 20, de 1994, del respectivo Gobierno Regional, tratándose del terreno que singulariza, el cual, en aplicación del último artículo citado, fue destinado a "equipamiento educación y deportes", en el loteo "Las Palmas de Maipú". Sobre el particular, resulta menester precisar que acorde con ese precepto del PRMS, y en síntesis, los anteproyectos y proyectos de urbanización y/o loteo que se emplacen en el área urbanizable de la comuna de Maipú, en los terrenos que indica, deberán acompañar un Estudio de Suficiencia de Equipamiento en el cual se establecerán las necesidades de equipamiento del respectivo proyecto. En caso de que esas necesidades superen a la oferta existente, el proponente deberá destinar a su cargo los terrenos necesarios para satisfacer la nueva demanda, en la forma que se señala. Ahora bien, frente a la presentación que se atiende, y considerando especialmente lo expresado en el Informe N° 048/2012, del DOM, se ha estimado del caso manifestar que ese servicio no explicita las medidas que, al tenor de la normativa aplicable, habría dejado de adoptar dicho DOM, y cuya omisión importaría el incumplimiento de aquélla. En mérito de lo expuesto no se ha acogido la petición de la especie. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación