Dictamen CGR

Dictamen N° 27887/2017

2017-07-26 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 30, de 2017 de la Brigada de Investigación Criminal Buin

N° 27.887 Fecha: 26-VII-2017 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aplica la medida disciplinaria de amonestación simple al funcionario que indica, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, se deberá velar que en los actos administrativos sujetos al control preventivo de legalidad, se consigne el imperativo final “tómese razón”, lo que se ha omitido en esta oportunidad. Asimismo, es menester hacer presente que si bien, en la especie, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 61 de la ley N° 10.336, procedería la instrucción de un juicio de cuentas en contra de ese servidor por el perjuicio causado al patrimonio fiscal, derivado del extravío de las especies a su cargo, en atención a la baja cuantía a que ascendió el daño ocasionado -$84.444-, este Organismo Fiscalizador se abstendrá de iniciar ese procedimiento, de manera que no se deberán remitir los antecedentes para ese fin, según fuese indicado, para una situación similar, en el oficio N° 11.664, de 2017, de este origen. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal

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