Dictamen CGR

Dictamen N° 2790/2010

2010-01-15 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Vigente
Sumario. Esta Entidad Fiscalizadora sólo conoce y se pronuncia acerca de las presentaciones deducidas por particulares, cuando se refieran a asuntos en que se ha producido una resolución denegatoria o se hubiere omitido o dilatado dicha resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no constan en la especie

N° 2.790 Fecha: 15-I-2010 La Dirección del Trabajo ha remitido a esta Contraloría General la presentación de la Confederación Nacional Unitaria de Trabajadores del Transporte y Afines de Chile, mediante la cual esa entidad gremial, representada por quien señala ser su Presidente, efectúa diversas consultas relacionadas con la participación del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en los conflictos entre los trabajadores y las empresas operadoras del Transantiago. Al respecto, cabe recordar que de acuerdo con lo previsto en las disposiciones pertinentes de su Ley Orgánica y tal como se consigna en las instrucciones sobre la materia, impartidas mediante la circular N° 24.841, de 1974, esta Entidad Fiscalizadora sólo conoce y se pronuncia acerca de las presentaciones deducidas por particulares, cuando se refieran a asuntos en que se ha producido una resolución denegatoria o se hubiere omitido o dilatado dicha resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no constan en la especie. Atendido lo anterior, y dado que la materia de que se trata se encuentra en el ámbito de competencia del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, cumple esta Contraloría General con remitir a esa Secretaría de Estado la referida presentación y sus antecedentes para los fines que procedan, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República