Dictamen CGR

Dictamen N° 28078/2016

2016-04-14 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Descuento practicado al desahucio del interesado, por concepto de adquisición de acciones de la compañía que se indica, es improcedente, ya que dicha compra no acaeció, por lo que se reconsidera el oficio N° 88.708, de 2014, de este origen

N° 28.078 Fecha: 14-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Ismael Verdugo Bravo, abogado, en representación de don Héctor Estrada Castro, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar la reconsideración del oficio N° 88.708, de 2014, de este origen, que representó la resolución N° 1.855, de 2014, del Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile. En forma previa, cabe manifestar que el aludido pronunciamiento concluyó, acorde con la resolución N° 4.232, de 1989, del departamento de pensiones de esa institución policial, que debía descontarse del desahucio del interesado la cantidad ascendente a 6 mensualidades, por concepto de anticipo, destinado a la adquisición de acciones de la antigua Compañía de Teléfonos de Chile. Requerido su informe, el citado departamento expresa, en síntesis, que según los datos recabados en la Corporación de Fomento de la Producción, no aparece que el señor Estrada Castro haya adquirido las acciones en estudio. Por su parte, la señalada corporación expone que, revisados sus registros entre los años 1988 a 2015, no figura el peticionario como adquirente de títulos de la antigua Compañía de Teléfonos de Chile. Ahora bien, teniendo en consideración los antecedentes proporcionados por las mencionadas entidades informantes en esta oportunidad, es posible colegir que el interesado, en definitiva, no adquirió las acciones en comento, siendo improcedente deducirlas de su indemnización de desahucio, motivo por el que corresponde reconsiderar el oficio N° 88.708, de 2014, de esta procedencia, debiendo ese departamento regularizar la situación del afectado, para lo cual se hace devolución del expediente acompañado. Transcríbase al peticionario y a la Corporación de Fomento de la Producción. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República