Dictamen N° 28096/2015
N° 28.096 Fecha: 10-IV-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4490, conducido por su funcionario, señor Nicolás Andrés Ordenes Galaz, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 10 de octubre de 2010, ese servidor, junto con otro empleado, se desplazaba en el referido móvil por Avenida Pedro Aguirre Cerda, y al llegar a la intersección con Avenida Las Torres, en la comuna de Huechuraba, fue colisionado por un vehículo particular que circulaba por la misma vía, en sentido contrario, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 386, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.512.432, siendo tal especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Nicolás Andrés Ordenes Galaz, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4490; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho ya descrito. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General