Dictamen N° 28148/2017
N° 28.148 Fecha: 27-VII-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Eduardo Irarrázaval Barrios, abogado, en representación, según expone, de doña Mónica León Paredes, para solicitar un pronunciamiento que le reconozca a aquella la posibilidad de acceder a un bono de reconocimiento por las cotizaciones enteradas por su padre en el régimen de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile. Sobre el particular, es menester señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto no se ha acompañado el poder conferido en los términos previstos en el artículo 22 de la ley N° 19.880, en virtud del cual el recurrente asume la representación que invoca, antecedente indispensable para iniciar el conocimiento del asunto de que se trata, al tenor de lo dispuesto en el artículo 30 de ese cuerpo legal. No obstante lo expuesto, se ha estimado útil indicar que el aludido bono de reconocimiento se encuentra regulado en el artículo 4° de la ley N° 18.458, el que exige para su otorgamiento, entre otros requisitos, que el personal imponente de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile que se retire o se haya retirado de su respectiva institución, servicio, organismo o empresa, sin derecho a pensión de retiro, se incorpore o se haya incorporado al sistema previsional establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980, lo que no se cumple en la especie, dado que en los documentos examinados aparece que el padre de la interesada falleció en el año 1965, esto es, antes de la dictación del citado decreto ley. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal