Dictamen N° 28288/2016
N° 28.288 Fecha: 15-IV-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de ejercer el control preventivo de legalidad de las resoluciones del rubro, que autorizan los tratos directos que indican y aprueban términos de referencia para contratar el arriendo de equipos que señalan, por cuanto la materia a que se refieren no se encuentra afecta al trámite de toma de razón, de conformidad con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de este organismo de control. Se remiten adjuntos los actos en estudio, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la aludida resolución N° 1.600. Transcríbase a la Subdivisión de Auditoría de la División de Infraestructura y Regulación. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación