Dictamen CGR

Dictamen N° 28319/2016

2016-04-15 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. El monto del beneficio que otorga la ley N° 20.305, se reajusta en el mes de enero de cada año, actualización que fue correctamente efectuada por la Tesorería General de la República

N° 28.319 Fecha: 15-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Julita López Leuman, para reclamar que, en su opinión, ha percibido el bono postlaboral por un monto menor a aquel que correspondería. Expone que, por efectos del correspondiente reajuste, en enero de 2012 ese beneficio ascendía a la suma de $60.000, aproximadamente, pero en septiembre de esa anualidad, época en que según ella comenzó a recibirlo, se le enteró por la suma de $58.000, lo que cree se debió a un error. Requerido su informe, la Tesorería General puntualiza que la requirente percibe el beneficio en análisis desde el mes de octubre de 2012, y acompaña una planilla con el detalle de los pagos efectuados a la interesada. Sobre el particular, es menester tener presente que el artículo 1° de la ley N° 20.305, otorga un bono de $ 50.000, mensuales, de naturaleza laboral, al personal que desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos que precisa y que cumpla con los demás requisitos copulativos que dicha normativa prevé. A su vez, el inciso primero de su artículo 8°, señala que corresponde al Servicio de Tesorerías pagar el bono a los beneficiarios, sin perjuicio de que puede para tal efecto celebrar convenios con las administradoras de fondos de pensiones, compañías de seguros u otras entidades. Enseguida, el artículo 10 de la normativa en análisis, dispone que las cantidades en dinero señaladas en dicha ley se reajustarán en el mes de enero de cada año, según la variación que experimente el índice de precios al consumidor en los 12 meses anteriores, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas. En ese contexto, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, y los cálculos efectuados por esta Entidad Contralora, es posible advertir que el beneficio por el cual se reclama fue reajustado anualmente de conformidad con lo previsto en la ley N° 20.305, debiendo puntualizarse que, contrariamente a como afirma la recurrente, en el año 2012 el monto del bono ascendía a la suma de $ 57.565, y no la que ella señala. Por consiguiente, es menester concluir que el Servicio de Tesorerías ha pagado correctamente el bono postlaboral a la recurrente, por lo que cabe desestimar lo reclamado en la especie. Transcríbase a la Tesorería General de la República. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación