Dictamen CGR

Dictamen N° 28465/2017

2017-08-01 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances el decreto N° 59, de 2017, del Ministerio de Bienes Nacionales

N° 28.465 Fecha: 01-VIII-2017 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del epígrafe, que modifica el decreto N° 65 de 2016, del Ministerio de Bienes Nacionales -que autorizó la venta directa del inmueble que indica, ubicado en la comuna de Chile Chico, provincia del General Carrera, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo-, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que, según entiende esta Contraloría General, el único objetivo que tiene la modificación contenida en la letra a) del acápite I del decreto en estudio es dejar constancia del reemplazo de la boleta de garantía otorgada originalmente. Sin embargo, reiterando lo advertido en el oficio N° 83.601, de 2016, por el que se cursó con alcances el citado decreto, esa Secretaría de Estado deberá verificar que se haya procedido a la renovación de la referida garantía en los términos indicados en su numeral 16, manteniendo su vigencia antes de la celebración de la escritura respectiva, sin que para ello sea necesaria la modificación del acto administrativo autorizatorio. Además, atendida la modificación dispuesta en la letra b) del decreto en examen, en el sentido de ampliar el plazo otorgado al Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales respectivo para suscribir la escritura pública de compraventa, de 12 a 18 meses contado desde la fecha del citado decreto N° 65, de 26 de julio de 2016, corresponderá a la mencionada autoridad velar por dar cumplimiento a dicho cometido dentro del nuevo plazo fijado. En relación con lo anterior, cabe señalar que el inciso segundo del artículo 45 de la ley N° 19.880 establece que las notificaciones deberán practicarse, a más tardar, en los cinco días siguientes a aquél en que ha quedado totalmente tramitado el acto administrativo, por lo que el Ministerio de Bienes Nacionales deberá adoptar las medidas necesarias para adecuar sus actuaciones al criterio contenido en el presente oficio. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 83601/2016
Aplica dictamen