Dictamen CGR

Dictamen N° 28510/2019

2019-11-06 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances el decreto Nº 192, de 2019, del Ministerio de Educación

N° 28.510 Fecha: 06-XI-2019 Esta Contraloría General ha dado curso al documento individualizado en el epígrafe, mediante el cual se nombra como representantes del Presidente de la República ante el Consejo Superior de la Universidad Tecnológica Metropolitana, a las personas que se indican, por ajustarse a derecho. No obstante lo anterior, cumple hacer presente que el artículo 6°, letra a), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1994, del entonces Ministerio de Educación Pública, que aprobó el Estatuto Orgánico de la Universidad Tecnológica Metropolitana, indica que el Consejo Superior de esa casa de estudios estará integrada, entre otros, por tres miembros designados por el Presidente de la República, agregando el inciso tercero del referido precepto, que estos permanecerán en sus cargos mientras cuenten con su confianza. A la luz de lo anterior, y conforme con el criterio contenido en el dictamen N° 69.529, de 2014, de esta procedencia, cabe señalar que las designaciones efectuadas en cada acto administrativo, importan, a pesar de que no exista un acto administrativo que lo señale, la remoción de aquellos antecesores que no presentaron su renuncia, estos son, los señores Leandro Carvallo Rodó y Eduardo Verdugo Hidalgo. Enseguida, cumple con reiterar, como fuese manifestado en el oficio N° 9.937, de 2019, de este origen, que la transcripción que realiza el Subsecretario de Educación debe consignarse solo en las copias del decreto, certificando su autenticidad como ministro de fe, pero no en el original del mismo, como acontece en la especie. Por último, cabe señalar que, conforme al artículo 20 de la resolución N° 6, de 2019, de este origen, los actos administrativos emitidos desde el 8 de abril de esta anualidad, deberán ajustarse a las disposiciones contenidas en dicha resolución, de manera que no resulta pertinente la cita en los vistos del acto administrativo en estudio, de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta procedencia. De esta manera, con los alcances que anteceden, se ha dado curso al instrumento de la suma. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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