Dictamen N° 2871/2014
N° 2.871 Fecha: 14-I-2014 Esta Entidad de Control ha dado curs o a la resolución Nº 1, de 2013, de la Subsecretaría de Salud Pública , mediante la cual s e aprueba el convenio celebrado entre esa subsecretaría y la International Union Against Tuberculosis and Lung Disease por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que entiende que la cuenta institucional separada a que alude el punto 4.7 del indicado acuerdo de voluntades se refiere al registro en contabilidad separada de los recursos que por aquel recibe la mencionada Subsecretaría, a menos que las instrucciones que, en la especie, imparta el Ministro de Hacienda -de conformidad con el artículo 4° de la ley N° 19.896-, y la respectiva autorización de esta Contraloría General permitan su manejo en cuentas extrapresupuestarias. Asimismo, cabe manifestar que las estipulaciones contenidas en los numerales 15 y 16.7 del instrumento en estudio, sobre confidencialidad, procede sean aplicadas sin perjuicio de lo que dispongan las leyes Nºs. 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y 20.285, que contiene la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en lo que corresponda. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante