Dictamen N° 28724/2014
N° 28.724 Fecha: 23-IV-2014 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 23, de 2014, de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, mediante la cual se aprueba el contrato de servicios de “captura fotográfica, revalidación con sello holográfico, instalación de validadores BIP! en oficinas, maquilado y distribución, y oficinas de atención en módulo, necesarios para la administración integral de la tarjeta nacional estudiantil (TNE) en la Región Metropolitana, para el período 2014-2016”, suscrito entre la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y la empresa Vigatec S.A., por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, se advierte que la redacción de la multa a que se refiere el N° 9, de la letra a), de la cláusula octava del acuerdo de voluntades, que sanciona la pérdida de sellos holográficos, no se ajusta íntegramente a lo dispuesto en el mismo numeral, del punto 20 de las bases administrativas, relativo a multas y sanciones, por lo que en virtud de los principios de preeminencia de la bases administrativas y de estricta sujeción a ese pliego de condiciones, esta Contraloría entiende que esa sanción se regulará conforme lo prevén las bases referidas y no el contrato que se aprueba. Asimismo, y atendido que el acuerdo de voluntades se extenderá para los años 2015 y 2016, los gastos que origine deben entenderse imputados al subtítulo e ítem que corresponda en la medida que se consulten recursos presupuestarios para ello, lo que se ha omitido consignar en el artículo 4° del acto de la suma. Finalmente, y en lo meramente formal, se hace presente que el contrato que se aprueba mediante el acto administrativo en examen, como ya se señaló, se suscribió el año 2014 y no en la anualidad indicada en el artículo 1° de su parte resolutiva. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto examinado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República