Dictamen CGR

Dictamen N° 2875/2011

2011-01-17 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil en Carabineros conforme con las atribuciones conferidas por el art/62 de la ley 10336

N° 2.875 Fecha: 17-I-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al móvil fiscal Z-2797, de cargo de la 1ª Comisaría Osorno, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Fredy Andrés Zapata Díaz, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 12 de julio de 2009, el aludido servidor, junto a otro funcionario, se desplazó en el aludido móvil hasta un domicilio particular de la calle Orlando Montesinos, en la comuna de Purranque, con la finalidad de verificar una denuncia en contra de unos individuos que se encontraban apedreando las viviendas del sector, los que al ver la presencia policial se dieron a la fuga, siendo seguidos hasta un inmueble ubicado en la calle Aníbal Pinto al que ingresaron, desde cuyo interior uno de los sujetos le lanzó al vehículo policial un arma de fuego artesanal que portaba, logrando quebrar el vidrio de la puerta delantera izquierda y torciendo la rejilla que lo protege. La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, de acuerdo con la orden de compra N° 76, de 2010, del Departamento de Transportes y la factura N° 19.262, de la misma anualidad, de la empresa particular Sociedad Comercial Los Colonos Ltda., agregadas a fojas 134 y 136 de autos, respectivamente, ascendió a la suma total de $94.015, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio, como consta del Informe Mecánico N° 3, de 2010, de la Zubzonal de Mantenimiento de la Prefectura Llanquihue, que rola a fojas 143 y 144 del expediente adjunto. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354 de 1985 y 28.164 de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Fredy Andrés Zapata Díaz, por los daños ocasionados al móvil fiscal Z-2797. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República