Dictamen N° 28845/2018
N° 28.845 Fecha: 20-XI-2018 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato suscrito vía trato directo con la empresa Indra Sistemas S.A., para la adquisición de repuestos para radares que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con precisar que, atendida la duración del convenio, contenida en la cláusula décimo tercera del mismo, la imputación que se realiza en el N° 3 del resuelvo del acto administrativo en examen, debe entenderse efectuada, en lo que corresponda, también a los presupuestos de los años siguientes, siempre que se consulten los recursos para ello y se cumplan las condiciones previstas para el desembolso, lo que se ha omitido consignar en el documento en estudio (aplica oficio N° 8.361, de 2018). Por último, a futuro, ese servicio deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica oficios N°s. 12.383, y 15.016, ambos de 2017). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General María Soledad Frindt Rada Subcontralor General de la República