Dictamen N° 294348/2023
N° E294348 Fecha: 03-I-2023 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba liquidación final del contrato “Conservación de la red vial básica ruta A-35, Dm. 45.000,00 a Dm. 47.000,00, por sectores, provincia de Arica, Región de Arica y Parinacota”, en atención a las siguientes observaciones: 1.- No se remiten los planos as built, los informes mensuales ni el informe final – memoria descriptiva, conforme con lo indicado en los puntos 4.12.1, 5.9.1 y 5.9.3, respectivamente, del convenio de trato directo, cuya liquidación se analiza, como tampoco la providencia N° 115, de 31 de enero de 2019, del Departamento de Fiscalización de Contratos de la Dirección General de Obras Públicas, citada en los vistos del documento en examen. Además, no se adjunta en formato Excel la tabla “Comparación reajustes definitivos v/s reajustes pagados”. 2.- No se acompañan las copias de los endosos realizados a las pólizas de seguro de responsabilidad civil ante terceros y contra todo riesgo de construcción, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos de monto y plazo mínimos establecidos en el convenio para la ejecución de los trabajos. 3.- El título del punto N° 3 del acta de liquidación, es diverso al que se transcribe en el acto en estudio. 4.- No se advierte el motivo por el cual se incluye en los vistos la resolución exenta N° 4.249, de 2010, de la Dirección General de Obras Públicas. 5.- De los antecedentes aparece que los trabajos fueron recibidos el 20 de abril de 2015, que el acta de liquidación es del 30 de septiembre de 2020 y que la resolución que la sanciona data del 05 de diciembre de 2022, razón por la cual es necesaria una explicación detallada acerca de las actuaciones llevadas a cabo por parte del servicio para liquidar el contrato, siendo insuficiente, a este respecto, lo señalado en la minuta justificativa del 12 de enero de 2022, respecto de la cual se han omitido adjuntar los antecedentes indicados en sus apartados 6, 7 y 8. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División