Dictamen N° 29571/2015
N° 29.571 Fecha: 15-IV-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del epígrafe, mediante el cual se otorga la primera renovación de la concesión marítima menor que indica, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, la cantidad proporcional que el concesionario debe pagar, conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 59 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas, en este caso, corresponde a renta, y no como se indica en el N° 9 del instrumento en análisis. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo en estudio. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica