Dictamen N° 29608/2018
N° 29.608 Fecha: 28-XI-2018 La Contraloría Regional de Arica y Parinacota ha remitido una consulta de doña Ana Patricia Silva Gordon, ex funcionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles -JUNJI-, reclamando, según entiende esta Entidad de Control, la bonificación adicional prevista en ley N° 21.003 que, a su juicio, tiene derecho. Requerida de informe, la JUNJI manifestó, en síntesis, que la interesada no cumplió con los presupuestos exigidos por la referida normativa, por lo que no tiene derecho al beneficio que pretende. Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 1° de la ley N° 21.003 aplica a los funcionarios y funcionarias de la Junta Nacional de Jardines Infantiles los artículos 1 al 15 y el artículo 18 de la ley N° 20.948, que otorga una bonificación adicional y otros beneficios de incentivo al retiro para los funcionarios y funcionarias de los servicios públicos que se indican y modifica el título II de la ley Nº 19.882, en los mismos términos y condiciones que en ellos se establecen, sin perjuicio de las reglas especiales que indica y las demás que fije el reglamento. Agrega, en su numeral 6, inciso segundo, que los beneficios de esa ley serán incompatibles con cualquier otro de naturaleza homologable que se origine en una causal similar de otorgamiento y cualquier otro beneficio por retiro que hubiese percibido el funcionario con anterioridad, tales como aquellos contemplados en la ley N° 20.648. En el caso en particular, de los antecedentes tenidos a la vista, en especial la resolución N° 211, de 2014, de la JUNJI, aparece que la señora Silva Gordon presentó su renuncia voluntaria al cargo que ejercía en dicho servicio, a contar del 30 de junio de 2014, para acceder a los beneficios por retiro previstos en la ley N° 20.648. Así las cosas, en el entendido que la interesada accedió a la bonificación otorgada por esta última normativa, se encuentra en el supuesto de incompatibilidad previsto en el numeral 6, inciso segundo, del artículo 1° de la ley N° 21.003, por lo que es dable concluir que el actuar de la JUNJI se encontró ajustado a derecho. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República